Qué significa el Marco de Privacidad de Datos UE-EE. UU.
El Marco de Privacidad de Datos UE-EE. UU. es una decisión de adecuación que la Comisión Europea adoptó el 10 de julio de 2023, al amparo del artículo 45.3 del RGPD. Con ella, la Comisión declara que Estados Unidos ofrece, para las empresas que se acogen al marco, un nivel de protección de datos personales sustancialmente equivalente al de la Unión Europea. La decisión cubre a todas las empresas estadounidenses que completen el proceso de autocertificación descrito más adelante, sea cual sea su sector.
Esa declaración tiene un efecto práctico directo. Cuando una empresa europea transfiere datos a una organización estadounidense certificada dentro del marco, no necesita añadir ninguna garantía extra ni pedir autorización previa a su autoridad de protección de datos. No hace falta firmar Cláusulas Contractuales Tipo (SCC) ni pasar por una evaluación de impacto de la transferencia, porque la propia decisión de la Comisión ya cubre esa transferencia como si el destinatario estuviera dentro de la Unión Europea.
Las SCC siguen existiendo como mecanismo alternativo, y son la vía que se usa para transferir datos a proveedores que no están certificados en el marco, o a terceros países sin decisión de adecuación propia. La diferencia está en el origen: la decisión de adecuación nace de la Comisión y cubre un país entero para un fin determinado, mientras que las SCC son un contrato entre las dos partes que transfieren los datos, con obligaciones que cada empresa debe negociar y documentar por su cuenta. El marco no sustituye a las SCC, les da una alternativa más simple para el tráfico de datos con Estados Unidos.